El ordenamiento ambiental territorial es un instrumento que tiene por objeto establecer las condiciones de uso y ocupación del territorio y de sus componentes, de manera que dicho uso se realice de acuerdo con las características ecológicas, económicas, culturales y sociales de estos espacios, teniendo en cuenta además la fragilidad, vulnerabilidad y endemismo de los ecosistemas y las especies.
Con el fin de obtener el máximo aprovechamiento sin comprometer la sostenibilidad del territorio, el ordenamiento ambiental territorial se basa en la evaluación de las tierras y en las características que presentan cada uno de los suelos colombianos; es necesario reconocer que si no se tiene claridad frente a entes reguladores del territorio se pueden desencadenar problemas y efectos que en gran parte de los casos son negativos, además genera sesgo en la toma de decisiones por parte de quienes se encargan de generar mecanismos para el desarrollo territorial y la conservación de zonas aptas para la protección ambiental.
Ahora bien, buscando armonizar la oferta ambiental con la demanda del desarrollo sostenible, el marco jurídico colombiano hace énfasis en que este ordenamiento debe tener como consecuencia un crecimiento económico sostenido, pero además, que debe garantizar la sostenibilidad ambiental del territorio.
Además, con este ordenamiento ambiental se busca también establecer de acuerdo a estrategias de desarrollo socioeconómico la relevancia en la delimitación de zonas ambientales (zonas de protección y conservación) y cómo esto afecta al desarrollo de los sectores, ya sea por temas de conflictos en el uso del suelo con los resultados que hayan de acuerdo a investigaciones anteriores o por cualquiera que sea el motivo de la afectación.
Finalmente, es relevante mencionar que mediante el desarrollo del ordenamiento territorial Colombia en la Constitución Política le da un nuevo enfoque a la concepción de la planificación del desarrollo, introduciendo en ésta la dimensión ambiental, mediante la cual el desarrollo económico y social debe ser compatible con la preservación, protección y recuperación de los recursos naturales que requieren las próximas generaciones para su desarrollo.
Por: Luisa Arango – Comunicadora Social y Periodista (UPB)
Fuentes utilizadas:
https://revistas.unilibre.edu.co/index.php/ambiental/article/view/4588/3910